Descripción
Sobre el curso:
La figura del fideicomiso de obra pública fue adoptada por varias instituciones públicas para el desarrollo de obra pública porque era un modelo contractual aceptado por nuestro ordenamiento jurídico que aportó muchos beneficios en el desarrollo de grandes proyectos. La Ley General de Contratación Pública incorporó el contrato de fideicomiso público dentro de los tipos y modalidades de contrato de los que pueden hacer uso las instituciones públicas para tramitar sus contrataciones. La incorporación de la figura contractual en el sistema de contratación pública es novedosa porque brinda seguridad jurídica y además estableció la regulación especial sobre su uso. La utilización de fideicomisos para desarrollar obra pública ha dado muy buenos réditos a Costa Rica y diversas instituciones públicas la utilizan. Dado que la Ley General de Contratación Pública y su reglamento incorporaron la figura, es importante la actualización y el conocimiento sobre la aplicación del modelo contractual como una opción más para el desarrollo de proyectos de alto impacto.
- La figura del fideicomiso público ha generado impactos positivos en el desarrollo de obra pública en Costa Rica.
- La Ley General de Contratación Pública incluyó un capítulo sobre el contrato de fideicomiso público y la nueva regulación ha sido poco estudiada.
- El contrato de fideicomiso público es una opción interesante para que las instituciones públicas adopten la figura para el desarrollo de obra.
Objetivos:
- Reflexionar sobre el impacto de la figura del fideicomiso en el desarrollo de obra pública.
- Analizar el tratamiento que la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento brindan al contrato de fideicomiso público.
- Entender las mejores prácticas en la gobernanza de un fideicomiso.
- Revisar los criterios que han emitido los entes de control sobre el modelo contractual desde la entrada en vigencia de la nueva ley.
Dirigido a:
Abogados y abogadas litigantes en la materia, proveedores de instituciones públicas, personas funcionarias públicas que intervengan en los procesos de compra, o que tengan interés en considerar el fideicomiso como un mecanismo de desarrollo de obra pública.