Principales novedades de la reforma concursal y porqué debes ponerte al día de ellas
Nadie puede descuidar el hecho que nos encontramos ante un panorama de recesión económica, puesto que las variables macro y microeconómicas no son las más idóneas. Extremo que está provocando la situación de insolvencia de las personas, vgr., inflación, morosidad más elevada, entre otros. Las dificultades económico-financieras de cualquier sujeto, con independencia que sea persona física o jurídica puede provocar que tengamos que acudir a los remedios preconcursales o concursales.
A tal efecto, tenemos como punto de referencia el Real Decreto Legislativo 1/2020 de 5 de mayo, que entró en vigor el 1 de septiembre de este mismo año; pese a la actualidad de este texto normativo de prácticamente dos años de aplicación no había transpuesto a su contenido la Directiva (UE) 2019/1023, sobre insolvencia europea, que incorpora determinadas novedades que el legislador nacional tenía que adaptar a su disciplina interna. Precisamente, este hecho se ha llevado a cabo mediante la Ley 16/2022, de 6 de septiembre que, incorpora el contenido de la precitada norma europea y, a la par, alterando y modificando con gran calado el articulado y tenor del Texto Refundido de la Ley concursal, que entró en vigor el 26 de septiembre de 2022. Teniendo de este modo un nuevo horizonte y panorama legal de gran envergadura sobre la insolvencia, que es necesario aprender y comprender.
Novedades en la Ley Concursal que necesitan ser estudiadas
Partiendo de la anterior situación, cabría preguntarse el porqué de la necesidad de conocer y estudiar este nuevo contexto legal. La respuesta a este interrogante estriba en las relevantes novedades que incorpora el sistema legal y, siendo muy atentos ya de por sí, que la disciplina contemplada en el texto concursal de referencia es complejo y técnico en su aprendizaje, interpretación y puesta en práctica. Siendo conscientes de ello, hay que exponer cuáles son esas principales incorporaciones que se han llevado a efecto a partir de la modificación del texto legal de referencia por la norma ut supra citada.
Al hilo de lo precedente, en el libro I relativo al concurso se incorporan y modifican aspectos de especial interés como son, entre otros, la atribución de nuevas competencias al juzgado de lo mercantil; el concurso sin masa activa; la singular exoneración del pasivo insatisfecho. Por su lado, en el libro II se disciplina y se pone especial énfasis en el preconcurso por la vía de los planes de reestructuración, que suponen un “(para) o (re)” diseño de estos instrumentos con la introducción de medidas de alerta mediante la probabilidad de insolvencia y, especialmente, con el reconocimiento de una nueva figura como es el experto en reestructuración, amén de otros aspectos cruciales para su entendimiento como es la configuración de clases y los criterios para su adopción, la aprobación y extensión de los efectos a los sujetos intervinientes, la protección derivada con respecto a determinados contenidos, entre otros extremos.
Todo ello se convierte en vital para alcanzar los objetivos pretendidos por el legislador y, en concreto, la economía en general. Finalmente, en el libro III se estipula un procedimiento especial para las microempresas, que entrará en vigor a partir de enero de 2023.
En definitiva, estamos ante nuevas oportunidades y retos que nos ofrece el actual derecho concursal, siendo quizá el mayor desafío sufrido por esta materia desde la aprobación de la Ley 22/2003, brindando, de este modo, una excelente ocasión a los profesionales del sector (abogados, asesores de empresas, auditorias de cuentas, economistas o expertos en reestructuración) para estudiar el nuevo Derecho Preconcursal.
Se hace así especialmente interesante para los arriba mencionados examinar el nuevo derecho preconcursal a través del Curso E-learning | Derecho preconcursal: Planes de reestructuración que muy próximamente dará inicio con una metodología online, ágil y cercana.