SEMINARIO DERECHO SUCESORIO CATALÁN 2025

30 de Septiembre; 21 de Octubre; 25 de Noviembre; y 16 de Diciembre de 2025
Horario: 16.30-18.30h
PRECIO 150€

Expositor

Alejandro Ebrat
Abogado, Socio Fundador EBRAT ABOGADOS
Patricia Ebrat
Abogada, Socia EBRAT ABOGADOS

Empieza

30 de septiembre de 2025 - 16:30

Fin

16 de diciembre de 2025 - 18:30

Descripción:

Los días 30 de Septiembre; 21 de Octubre; 25 de Noviembre; y 16 de Diciembre de 2025, a partir de las 16.30 (horario peninsular), Alejandro Ebrat, Abogado Socio Fundador EBRAT ABOGADOS, y Patricia Ebrat, Abogada y Socia de EBRAT ABOGADOS, impartirán el Seminario Derecho Sucesorio Catalán.

Modalidad: Online en directo

Contenido:

Ponencia 1: Las instituciones sucesorias catalanas

Introducción a las principales instituciones sucesorias catalanas, tales como la legítima y la posibilidad de desheredar a un legitimario, la cuarta falcidia y su aplicación práctica, los importantes derechos del cónyuge viudo, entre otras.

Durante la ponencia se desarrollará el concepto de cada una de las instituciones, el marco jurídico en el que se hallan y la importante aplicación de cada una de ellas.

Ponencia 2: Pactos sucesorios y su fiscalidad

Ponencia que versará sobre la figura catalana conocida como “Pacto Sucesorio”. Su importancia en la sucesión de empresa.

Se desarrollará el contenido de los pactos sucesorios, qué se puede incluir y que no en un pacto sucesorio, con quién se puede otorgar un pacto sucesorio, en qué circunstancias puede modificarse, los diferentes tipos de pactos sucesorios, etc.

Así mismo, se comentará la fiscalidad y el devengo de los diferentes tipos de pactos sucesorios y la implicación en los diferentes impuestos.

Ponencia 3: Fiscalidad en las herencias y donaciones en Cataluña parte I

Introducción al mundo del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

Se estudiará cuándo se ha de pagar el citado impuesto, quién lo ha de pagar, en qué comunidad autónoma, cuánto he de pagar y el mecanismo del impuesto en sí.

También se verán las diferentes reducciones que tiene el impuesto, de cara a poder reducir la tributación y se estudiarán diferentes estrategias sucesorias para pagar lo menos posible.

Ponencia 4: Fiscalidad en las herencias y donaciones en Cataluña parte II

Como última ponencia se hablará del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, modalidad donaciones.

Introducción a la figura de la donación y su tributación, quién ha de pagar y en qué comunidad autónoma, las reducciones que existen, etc.

Veremos cuando conviene donar y cuando conviene esperar al fallecimiento.

Modalidades de pago:

a) Pago directo con tarjeta de crédito/débito

b) Transferencia bancaria a PROA FORMACIÓN SL (ES95 0049 5457 2722 1608 3897) debiendo enviar justificante de la transferencia indicando su nombre, apellidos, email, correo electrónico, dirección y email a [email protected]

Para incidencias o consultas escribir un email a: [email protected]

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